La objeción de conciencia supone el ejercicio de un derecho por el profesional que puede entrar en colisión con el ejercicio del derecho a abortar de la mujer embarazada. La ley establece que sólo los profesionales sanitarios directamente implicados pueden declararse objetores. Este artículo analiza cuáles son estos profesionales, los derechos y deberes de profesionales y pacientes y la respuesta que debe dar el servicio público de salud a las mujeres embarazadas para que puedan ejercer su derecho a abortar.
Palabras clave
Objeción de conciencia Interrupción voluntaria del embarazo Aborto Profesionales sanitarios
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